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jueves, 18 abril, 2024

Guayaquil: Dos sentenciadas a 34 años de prisión por el asesinato de una mujer

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Con las pruebas documentales, periciales y testimoniales, entre las que destacaron las versiones de testigos oculares del hecho, el Tribunal de Garantías Penales del Guayas acogió las pruebas presentadas por Fiscalía y sentenció a treinta y cuatro años y ocho meses de pena privativa de libertad a dos procesadas por el asesinato de Maritza A. A. (56), perpetrado el 20 de enero de 2019, en el sureste de Guayaquil.




En la audiencia de juzgamiento, que inició el lunes 6 y concluyó el jueves 16 de enero, en la Unidad Judicial Albán Borja, tras haber acogido las pruebas de la fiscal del caso, Ana Ramos, los jueces Fernando Lalama, Carlos Muñoz y Keltia López emitieron sentencia condenatoria contra Evelia Belén S. P. y Tania Jackeline A. A. (esta última, hermana de la víctima), tras comprobar su participación en el hecho

Entre las pruebas documentales constaron los informes del perito médico legal, el de inspección ocular técnica, los de reconocimiento y reconstrucción de los hechos, el protocolo de autopsia y de levantamiento de cadáver además del de la investigación de la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida y Muertes Violentas (Dinased). A estas se sumaron la presentación de quince personas, entre personal de Criminalística, médicos peritos y testigos oculares del crimen..

Los jueces también resolvieron imponer una multa de mil salarios básicos unificados (400.000 dólares) y una reparación integral a los familiares de la víctima de 50.000 dólares, que deberá pagar cada una de las procesadas.

Antecedentes

Maritza A. A., fue abordada en su domicilio por su hermana, Tania Jackeline A. A., y su amiga Evelia Belén S. P., quienes le solicitaron un préstamo de dinero en efectivo. Sin embargo, La víctima no dio paso a su pedido.
Enseguida se desencadenó una agresión física que terminó con la estrangulación de la mujer. Vecinos escucharon los forcejeos y pedidos de auxilio, logrando detener a las agresoras y poniéndolas a órdenes de las autoridades policiales y judiciales.

Dato jurídico

Este caso se procesó con base a lo dispuesto en el artículo 140 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), numerales 1, 2, 4 y 5 (colocar a la víctima en indefensión, inferioridad y aumentando deliberadamente dolor), que sanciona el delito de asesinato con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. Además, se incrementó un tercio la pena impuesta con las agravantes establecidas en el artículo 47, numerales 5 y 7: cuando la infracción es cometida por dos o más personas y a la ejecución se realiza con alevosía y ensañamiento contra la víctima.

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