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miércoles, 27 marzo, 2024

Extracto de Citación

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UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN QUEVEDO, PROVINCIA DE LOS RIOS

EXTRACTO DE CITACIÓN

 A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE FERNANDEZ PLACIDO VICTORIANO.

SE LE HACE SABER: Que mediante sorteo le correspondió a esta Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos, conocer la demanda Ordinaria, signada con el No. 12331-2020-00401, que sigue PARRA QUIJIJE ANGELA CLEOTILDE, cuyo extracto es como sigue:

ACTOR: PARRA QUIJIJE ANGELA CLEOTILDE.

DEMANDADO: ANTONIO JOSÉ FERNANDEZ COELLO, FERNANDEZ COELLO GUALBERTO ONESIMO; FERNANDEZ COELLO FAUSTINA EUFRACIA; FERNANDEZ COELLO LADY TERESA; FERNANDEZ COELLO DAYSI LUZ; FERNANDEZ COELLO NORMA BERTHA; FERNANDEZ COELLO FANNY PIEDAD; FERNANDEZ COELLO EDUARDO ALEJANDRO, ASÍ COMO, HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE FERNÁNDEZ PLACIDO VICTORIANO

OBJETO DE LA DEMANDA: Comparece de autos la accionante manifestando que viene manteniendo en posesión un bien inmueble, el mismo que consiste en un pequeño lote de terreno agrícola, resaltando que dicha posesión ha sido de manera pacífica, publica, continua e ininterrumpida, con el ánimo de señora y dueña. Por más de 17 años atrás a la presente fecha, sin que exista oposición o interrupción de persona alguna, hecho que es de conocimiento público de todos los moradores del sector que la conocen. El lote de terreno que pretende USUCAPIR por el derecho que le asiste está ubicado en el SECTOR SANTA RITA DE LA PARROQUIA QUEVEDO, CANTON QUEVEDO, PROVINCIA DE LOS RIOS, EL MISMO QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE 61.185,38m2 (SON SESENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO) ES DECIR 6.1 HECTAREAS, dentro de los siguientes linderos: POR EL NORTE: Con una distancia de 455.41 m en parte con propiedad de herederos Fernández Coello y 106,66 m con propiedad de herederos Fernández Coello. POR EL SUR: Con una distancia de 247,74m con propiedad de Toro Eliceo y en parte con 283,50m con propiedad de Henry Tobar. POR EL ESTE: Con una distancia de 260,10m con propiedad de Herederos Fernández Coello y por EL OESTE: Con una distancia de 80,16m con vía pública y 136,42m con propiedad de Herederos Fernández Coello. Con lo expuesto con anterioridad solicita que en sentencia ordene la Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio. Amparado en lo establecido en los Art. Art. 603, 715, 2392, 2393, 2397, 2398, 2410, 2411, 2413 y más pertinentes del Código Civil vigente codificado, en concordancia con lo en el numeral 26 del Art.66 de la Constitución de la Republica del Ecuador

CUANTIA: INDETERMINADA

TRAMITE: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

JUEZ DE LA CAUSA: La Ab. Betzabeth Raquel Plaza Benavides, Jueza  de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Quevedo, quien mediante auto de fecha jueves 10 de septiembre del 2020, las 15h25, califica la demanda interpuesta por la señora Parra Quijije Angela Cleotilde de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que, se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo determinado en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos y ordena citar a los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE FERNÁNDEZ PLACIDO VICTORIANO a quienes se los citará por la prensa de conformidad con lo estipulado en el artículo 58 y 56 número 1 del Código Orgánico General de Procesos.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, contados desde la citación para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo.- Por cuanto el accionante manifiesta bajo la gravedad del juramento que desconoce imposibilidad de establecer la individualidad, dirección domiciliaria o residencia de los HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE FERNÁNDEZ PLACIDO VICTORIANO.- Lo que llevo a sus conocimientos para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial en esta ciudad y/o y correo electrónico para que reciban sus notificaciones.- Certifico.-

Quevedo, 29 de enero del 2021

 

Ab. Jessica González Rivas

SECRETARIA ENCARGADA DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON QUEVEDO-PROVINCIA DE LOS RIOS

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