No se podrá pedir originales ni copias de títulos de bachiller o universidad para trámites

El presidente de la Comisión de Régimen Económico y ponente del proyecto de Ley Orgánica de Optimización y Eficiencia de Trámites, Pabel Muñoz, durante su presentación en el pleno de la Asamblea, el 23 de abril, subrayó que la propuesta legal genera amplios beneficios para la ciudadanía, fundamentado en el principio de que los trámites se deben gestionar de forma eficiente y en el menor tiempo posible.




En total, el proyecto contemplaría 12 beneficios para la ciudadanía, en sintonía con el Decreto  372, firmado este 20 de abril, que declara como política de Estado la mejora regulatoria y la simplificación administrativa de trámites.

  1. Las personas tienen como derecho conocer en cualquier momento el estado de su trámite.
  2. Solo se puede crear nuevos trámites por ley, decreto u ordenanza.
  3. Todos los trámites, requisitos y procedimientos deben estar publicados en las páginas web institucionales.
  4. MINTEL atiende denuncias ciudadanas, regula y controla el cumplimiento de la Ley.
  5. Se crea el sistema de compensación entre obligaciones tributarias de contratistas del Estado, con rubros adeudados por la Administración Pública Central.
  6. Se crea una plataforma de pagos por medios electrónicos.
  7. Se dispone la existencia de mecanismos de calificación del servicio.
  8. Las entidades deben utilizar la información que consta en Sinardap. No pueden requerirla a los usuarios.
  9. Las entidades deben justificar la existencia de sus trámites en el plazo de 180 días, caso contrario se suprimen.
  10. En proyectos inmobiliarios se garantiza el cumplimiento solo de los requisitos vigentes al momento de solicitar la aprobación de planos.
  11. Otorga un plazo perentorio para que GAD municipales se pronuncien sobre solicitudes pendientes en proyectos inmobiliarios.
  12. Se simplifican los trámites para la disolución de compañías, según causales.

PROHIBICIONES

Muñoz indicó que la propuesta legal determina prohibiciones a las entidades, entre ellas: no pueden requerir originales o copias simples ni notarizadas  de títulos de bachiller o de títulos de educación superior que consten en las plataformas del Ministerio de Educación o de Secretaría Nacional de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt), respectivamente.

Las instituciones no pueden inadmitir las traducciones de documentos en idioma extranjero efectuadas por uno o más intérpretes, siempre que la firma se encuentre autenticada o reconocida ante un juez de lo civil.

Tampoco pueden exigir el cumplimiento de requisitos y procedimientos que no estaban vigentes cuando se inició la gestión del trámite respectivo, ni tampoco la entrega de datos o documentos entregados con anterioridad o generados por la misma entidad, así como exigir la presencia física de la personas para brindarle información sobre cualquier trámite a su cargo.

El parlamentario mencionó que, a mayo de 2017, el total de trámites en el Ejecutivo fue de 1.934 y, en promedio, los requisitos por trámite son 9.34. El porcentaje de trámites que se atienden entre 0 a 4 horas es del 20.68 %, y el promedio de funcionarios por trámite es de 7.35.

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