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viernes, 26 abril, 2024

Cambio de domicilio electoral no aplicará para la segunda vuelta

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Una vez que haya culminado todo el proceso electoral de las Elecciones Generales 2021, la ciudadanía que requiera efectuar el cambio de domicilio o residencia lo podrán realizar para las elecciones seccionales del 2023; esto de acuerdo a lo establecido en el Código de la Democracia.

Para ejecutar dicho trámite, el elector deberá acercarse con su cédula de identidad a la Delegación Provincial Electoral de Manabí. Al momento, el sistema se encuentra habilitado pero los cambios se aplicarán para los próximos comicios.

Para la segunda vuelta a desarrollarse el 11 de abril, los ciudadanos empadronados deberán sufragar en el mismo recinto electoral y Junta Receptora del Voto que lo hicieron el pasado 7 de febrero.

El Art. 78 del Código de la Democracia determina además que, en el caso de que se deba realizar una segunda vuelta electoral para elegir presidente y vicepresidente de la República, no podrá alterarse por ningún concepto los padrones electorales de la primera vuelta, ni el número de electores por cada Junta Receptora del Voto.

Es decir, el número de votantes se mantendrá en los 1’239.519 electores; mismos que podrán ejercer su derecho al voto en las 3.745 Juntas Receptoras del Voto, distribuidas en los 343 recintos electorales de la provincia.(I)

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