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jueves, 28 marzo, 2024

COE de Valencia dispone restricción vehicular y actividad comercial en todo el cantón

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Con la finalidad de reducir la curva de contagio del Covid-19, el COE Cantonal Valencia mantuvo una nueva reunión, donde emitieron nuevas resoluciones que entran en vigencia desde hoy 16 de abril hasta el 02 de mayo de 2021.

La reunión se llevó a cabo en las instalaciones del Cuerpo de Bomberos de Valencia, donde participaron las mesas técnicas y grupos de apoyo.

Las resoluciones emitidas por el COE Cantonal de Valencia son:

1.-  Controlar los aforos en los diferentes transportes públicos y privados con un 50%, taxi con dos personas, ecológico una persona, carros fleteros con un ocupante (prohibido llevar personas en el cajón del camión).

2.- Libre circulación vehicular a partir de las 04h00 hasta las 21H00, en la zona urbana y rural del cantón Valencia; el sector de la salud, atenciones de sectores estratégicos, situaciones de emergencias debidamente justificadas y la transportación de alimentos podrán circular las 24 horas.

3.- Se restringe la circulación en la red estatal de vehículos particulares desde las 20h00 hasta las 05h00 durante los días, viernes, sábado y domingo, a nivel nacional, a partir de este viernes 16 de abril hasta el 02 de mayo de 2021. Las medidas de restricción de circulación vehicular, no se aplicará para personas que requieran movilizarse y pertenezcan a sectores de:

  • Servicios de Salud de la Red Pública Integral y de la Red Privada Complementaria.
  • Seguridad Pública, Privada, Servicios de Emergencias y Agencias de Control.
  • Sectores Estratégicos.
  • Servicios de emergencia vial.
  • Sector Exportador y toda su cadena logística.
  • Prestación de servicios básicos como agua potable, electricidad, recolección de basura, entre otros.
  • Provisión de alimentos y bebidas, incluido transporte y comercialización.
  • Provisión de medicinas, insumos médicos y sanitarios incluidos su transporte y comercialización.
  • Industrias y comercios relacionados al cuidado y crianza de animales.
  • Trabajadores de los medios de comunicación.
  • Cuerpo Diplomático, consular y organismos internacionales.
  • Personas particulares en caso de emergencia debidamente justificada.
  • Actividades relacionadas al sector financiero bancario.
  • Funcionarios del Consejo Nacional Electoral
  • Carga que se traslade desde y hacia puertos y aeropuertos
  • Abogados y funcionarios de la Función Judicial y Corte Constitucional.
  • Sector de la construcción y su cadena conexa.
  • Funcionarios de la Defensoría Pública, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General del Estado, Contraloría General del Estado, Procuraduría General del Estado.
  • Personas responsables y/o a cargo de la distribución y entrega de alimentación escolar.
  • En aquellos casos que se requiera movilización hacia y desde aeropuertos, los habilitantes serán los pasajes del titular.
  • Personas que tienen agendadas sus citas de vacunación debidamente comprobada.
  • Sus habilitantes serán sus credenciales, guías de remisión, RUC, RISE.

4.-  Horario de funcionamiento de las actividades comerciales será hasta las 20H00 con un aforo de atención al público del 30%, restaurantes y comedores hasta las 20H00 y el servicio de entrega a domicilio de alimentos preparados se realizará hasta las 21H00, en caso de no aplicar el protocolo de bioseguridad se procederá al cierre del negocio.

5.- Mantener la prohibición de todo tipo de evento religioso (espacios públicos), político, deportivo, celebraciones o fiestas de cumpleaños, bautizo, graduación, matrimonio en sitios públicos o privados; se permite la realización de misas y cultos en las iglesias (religiosas), con el 30 % de aforo.

6.- Se mantienen cerrados los lugares turísticos como playas de agua dulce, balnearios públicos y privados incluyendo piscinas dentro de las ciudadelas privadas y la instalación de piscinas en la vía pública, el incumplimiento será motivo de sanciones. Se permite comedores hasta las 20H00 en los balnearios

7.- El expendio de las bebidas alcohólicas de lunes a sábados será desde las 05H00 hasta las 18H00, el día domingo será restringido.

8.- Prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en los espacios públicos.

9.- Suspensión de velatorios por cualquier causa de muerte, las funerarias que incumplan con la disposición deberán ser sancionadas.

10.- Cerrar las canchas deportivas municipales y privadas, estadios, coliseos, parques y suspensión de campeonatos deportivos en zona urbana y rural en el cantón Valencia, así como las áreas sociales, incluidas las actividades deportivas de formación y preparación. Los gimnasios se apertura con el 30 % de aforo, hasta las 20H00.

11.- Se apertura los negocios de la categoría 1 como centros de tolerancias y la categoría 2 como billares y galleras hasta las 20H00 con el 30 % de aforo, los mismos que fueron aperturados en las reuniones anteriores, bebidas alcohólicas se expenderá de lunes a sábados desde las 05H00 hasta las 18H00, los días domingos será restringido.

12.- Se mantiene en semáforo amarillo, como un indicativo de salud en el que interpreta que la pandemia aún no termina y debemos mantenernos en alerta, la ciudadanía debe de incorporarse a la campaña “Mi Familia y Yo Nos Cuidamos”.

13.- Las farmacias se mantendrán abiertas hasta las 21 horas, las que están de turno se mantienen funcionando las 24 horas.

14.- Exhortar a la ciudadanía en general para extremar la aplicación de las medidas de prevención (uso de mascarilla, respeto de aforos, distanciamiento social, no concurrir a sitios sin ventilación).

En caso de decidir viajar fuera de sus lugares habituales de residencia, preferir los lugares y espacios públicos ventilados, y; hacerlo en compañía de las personas con quienes convive.

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