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jueves, 5 diciembre, 2024

¿Cómo hacerle frente a las obligaciones pendientes por crédito, tarjetas y sobregiros?

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En este espacio de ALDIA con el Derecho trataremos temas de relevancia. En esta edición hablaremos sobre ¿Cómo hacerles frente a las obligaciones bancarias pendientes de pago por concepto de tarjetas de crédito, sobregiros, créditos?.

Créditos o prestamos: La principal consideración, es revisar qué tipo de créditos nos están entregando. Existen tasas preferenciales, dependiendo de la situación o para qué se vaya emplear dicho crédito, si es por vivienda la tasa será baja, si es de consumo será alta y los microcréditos debido a que son de alto riesgo, la tasa será aún más grande.

Existen personas que no toman en cuenta este punto, es por esto que muchos tienen inconvenientes al momento de pagar el préstamo. Si el plazo a pagar fuera de uno a tres meses, no habría mayor problema, los riesgos aumentan según la extensión de pago del mismo.

Ejemplo: Si solicito un crédito por 5.000 dólares, al año me genera 1.000 aproximadamente solo por mantener dicho préstamo. 

Tarjetas de crédito: Las tarjetas no son malas, te pueden sacar de una emergencia o problema que se presente de forma esporádica. Lo adecuado es que cuando se hace uso de una tarjeta, los pagos se deben hacer al corriente.

Ejemplo: Lo que consumo en el mes, lo pago a fin de mes. De esta forma nos evitamos de los intereses que se generan.

Si por algún motivo no puede pagar de manera corriente se sugiere diferirlo. Es importante tratar a toda costa de no cancelar el valor diferido mínimo, porque al hacerlo estarías pagando el 2 o 3% del valor de la deuda total.

Ejemplo: Tengo una deuda de 1.000 dólares y pago el mínimo que vendría a ser un 5%, estaría cancelando solo 50 dólares. Es decir, estoy pagando interés y solo una pequeña parte del capital.

Sobregiros: Solo es para las personas que tienen cuenta corriente. Es decir, giro cheques.

Ejemplo: Giro un cheque de 3.000 dólares y en la cuenta solo tengo 1.500 dólares, el banco como ya tiene mi historial y sabe cómo hemos venido trabajando, me concede el valor que me falta para el giro. Aquí ya me estoy volviendo acreedor de una deuda por sobregiro.

Recuperación de carteras

Cuando no puedes pagar, por lo general los bancos te ofrecen soluciones de refinanciamiento de la deuda ampliando los plazos de pago o en ocasiones la entidad busca solucionar el conflicto a través de terceros, utilizando la mediación.

Cuando ya no hay contestación del cliente, no se presenta al banco o no contesta las llamadas el banco ya sabe que está ante una persona que no va a cancelar sus deudas. Aquí ya se está en la libertad de iniciar un acto judicial.

Lo recomendable para el deudor es afrontar la situación, porque la deuda no va a desaparecer. Es más fácil solucionar una deuda que está vencida por uno o dos meses que solucionar una deuda vencida por uno o dos años.

¿Qué pasa si

Más detalles en el video:

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