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jueves, 25 abril, 2024

Conozca las nuevas reglas en semáforo amarillo que rigen desde este 1 de julio

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Reuniones sociales, actividades en sitios arqueológicos, la autorización de realización de velorios, apertura de cines, y aumento de aforo permitido en espacios como centros comerciales y restaurantes son algunas de las nuevas reglas que regirán en las ciudades con semáforo amarillo. Así lo comunicó este 30 de junio del 2020 el COE Nacional, que señaló que Quito tendrá excepciones

Con respecto a la movilidad, el toque de queda será de 23:00 a 05:00, excepto Quito, que se mantiene de 21:00 a 05:00. Con respecto al tránsito, los vehículos particulares de placa impar circularán los días lunes, miércoles y viernes, mientras que los par los martes, jueves y sábado.

Los días domingo 5 y de 12 de julio podrán circular los carros con placa impar, mientras que los domingo 19 y 29 de julio lo harán los que tienen placa par.

En las ciudades con semáforo amarillo se reanudan las actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%. En Quito será al 25%.

Con semáforo amarillo

Horario de toque de queda de 23:00 a 05:00. * Excepto para Quito, se mantiene el horario de toque de queda de 21:00 a 05:00.

– Vehículos particulares circulan pares e impares, de lunes a sábado. Los domingos 05 y 19 de julio, podrán circular vehículos con placa impar, mientras que los domingos 12 y 26 podrán circular los vehículos con placa par.

– Taxis convencionales y ejecutivos, transporte mixto y carga liviana podrán circular todos los días sin restricción de placa.

– Transporte institucional circula sin restricción de placa cumpliendo con los protocolos establecidos para este sector.

– Transporte urbano al 50% de su aforo. – Transporte intraprovincial autorizado con el 50% del aforo, entre cantones con el mismo color: amarillo y/o verde.

– Transporte interprovincial al 50% del aforo, únicamente entre cantones de provincias con el mismo color amarillo o verde.

– Transporte marítimo y fluvial de personas autorizado al 50% del aforo.

– Turismo marítimo con pernoctación autorizado y en cumplimiento a protocolos de bioseguridad.

– Transporte terrestre turístico, respetando los protocolos establecidos para esta actividad. – La emisión de salvoconductos se mantiene vigente para necesidades médicas y los de la cadena productiva, exportación, alimentos (abastecimiento y distribución), farmacéutica, y los planes piloto aprobados por el COE NACIONAL para el retorno progresivo de actividades.

Se eliminan los emitidos para entregas a domicilios. Se eliminan los salvoconductos emitidos para necesidades médicas.

– Centros comerciales y restaurantes, se permite la atención al público con el 50% del aforo permitido.

* Excepto para Quito, en esta ciudad se deberá mantener el 30% de aforo en estos establecimientos.

– Se reanudan actividades laborales presenciales en los sectores públicos y privados al 50%.

* Excepto para Quito, se reanudan las actividades laborales presenciales al 25%, en el sector público.

– Se autorizan velorios con hasta 25 personas.

– Se autoriza el desarrollo de reuniones sociales o ejecutivas con un máximo de 25 personas, asegurando el distanciamiento social mínimo requerido (2 metros entre personas), no uso de sistemas de ventilación y el cumplimiento estricto del control de medidas de bioprotección.

– Se autoriza la apertura de cines y teatros con el 30% de su aforo permitido. * Excepto para Quito, estos establecimientos se mantienen cerrados.

– Se autoriza el inicio de actividades en sitios arqueológicos, zoológicos, museos, parques nacionales (excepto el Parque Nacional Yasuní), con el ingreso del 30% de visitantes, cada institución deberá implementar un protocolo para este fin.

– Se autoriza la reanudación de actividades de entrenamiento formativo en piscinas en espacios cerrados, se deben respetar los protocolos de bioseguridad y los lineamientos emitidos desde el COE Nacional.

 

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