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sábado, 20 abril, 2024

Ecuador recibe al 2021 sin estado de excepción ni restricciones

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El toque de queda, la restricción para la circulación vehicular por placas y otras medidas de control quedaron eliminados, el domingo 3 de enero del 2021, luego de la decisión de la Corte Constitucional.

La Corte Constitucional declaró inconstitucional el decreto Ejecutivo 1217 relativo al estado de excepción dictado por el primer Mandatario el pasado 21 de diciembre por considerar que no se adecuaba a las normas constitucionales desde el punto de vista formal y material, dejando así sin efecto las restricciones anunciadas.

El director de Seguridad Ciudadana y Orden Público de la Policía, Fausto Salinas confirmó este domingo que quedarán suspendidos los operativos de prohibición de circulación entre las 22:00 y las 04:00, porque ya no está vigente el toque de queda en las ciudades del país.

Los ecuatorianos podrán movilizarse con libertad la noche de ese domingo 3 de enero del 2021, pero se mantendrán los controles por aglomeraciones, antidelictivos y por consumo de licor en la vía pública, la suspensión del toque de queda es un efecto jurídico del fallo de la Corte Constitucional que declaró como inconstitucional la declaratoria de estado de excepción.

Con el dictamen de la Corte, también queda sin efecto la restricción de circulación por placas en las ciudades del país, que para este domingo impedía la movilidad de vehículos con registros terminados en impar: 1, 3, 5, 7 y 9. En todas las ciudades pueden circular todas las placas. El COE Nacional se analiza plantear un exhorto a los gobiernos locales para aplicar una restricción de placas en los cantones del país, como medida para contener la propagación de la pandemia.

Desde este 3 de enero tampoco está vigente la prohibición de la venta y consumo de licor de 22:00 a 04:00 ni el horario de cierre de centros comerciales y restaurantes ni la reducción de aforos en establecimientos comerciales. Según el fallo de la Corte Constitucional, el decreto sobre el “estado de excepción por calamidad pública” ante incremento del contagio de la covid-19 por las aglomeraciones navideñas y la posible circulación de una variante del covid-19, surgida en Reino Unido, “no se adecuaba a las normas constitucionales”.

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