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viernes, 29 marzo, 2024

Gobierno decreta retenciones a banca, petroleras y telefónicas

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El Gobierno emitió la noche del viernes 27 de marzo del 2020 el Decreto Ejecutivo 1021, por el cual se establece que bancos, empresas móviles y petroleras deberán retener ciertos porcentajes de sus ingresos e ir declarando y pagando al fisco de manera mensual.


Las instituciones financieras y las privadas de telefonía móvil deben efectuar una retención mensual de 1,75 % del total de sus ingresos gravados, obtenidos dentro del mes.

Las petroleras que tengan contrato de exploración y explotación de hidrocarburos, bajo cualquier modalidad contractual y las empresas de transporte de crudo deberán hacer la retención de 1,5 % del total de sus ingresos.

El comprobante de retención deberá ser emitido a nombre del propio agente de retención. El valor retenido será un crédito tributario para la liquidación y pago del IR. Se hará una declaración también mensual de dicha retención.

De esta manera, estos contribuyentes deberán realizar dos retenciones, una sobre los pagos que realizan a sus proveedores (a la cual se aplican las tarifas de resolución del SRI) y otra sobre sus propios ingresos, de acuerdo al nuevo decreto.

 

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