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viernes, 19 abril, 2024

La Corte Constitucional declara que el estado de excepción actual es inconstitucional

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GK.- El actual estado de excepción en Ecuador por el incremento de casos de covid-19 es inconstitucional.  Así lo establece un dictamen de la Corte Constitucional del 27 de diciembre de 2020, que se difundió hoy, 2 de enero de 2021.

El presidente de la República Lenín Moreno decretó el estado de excepción el 21 de diciembre de 2020, a través del Decreto Ejecutivo 1217.  Según la Constitución, el estado de excepción es una medida que permite al gobierno del Ecuador limitar el ejercicio de algunos derechos constitucionales y  aumentar las facultades de vigilancia del Estado en circunstancias extraordinarias, como por ejemplo, una emergencia sanitaria.

Moreno justificó la medida diciendo que los casos de coronavirus habían aumentado considerablemente en el país debido a las aglomeraciones e incumplimiento de las medidas de seguridad en las últimas semanas de 2020. Además, dijo que existía una posible exposición a la nueva variante del covid-19 que se halló en Reino Unido y ha probado ser más contagiosa.

Sin embargo, la Corte dice que estos argumentos no son suficientes para respaldar la declaratoria del estado de excepción. Primero, porque se habla de un “posible riesgo futuro y no uno actual, sin base en información clara y específica”. La Corte afirma que los estados de excepción funcionan para enfrentar circunstancias actuales y ciertas. En este caso, no se logró probar que existe un riesgo real para que la nueva variante llegue al país.

La Corte reiteró que “no es indiferente” a la gravedad de la pandemia ni a sus impactos. Pero, aseguró, que para que la emergencia sea una calamidad pública —como dice el decreto de declaratoria del estado de excepción— la situación debe ser grave, imprevisible, e intempestiva. El primer caso de covid-19 en Ecuador se reportó el 29 de febrero de 2020, por lo que el país lleva más de diez meses de pandemia. Es decir, que no es una situación imprevista, y por lo tanto no justifica la declaratoria del estado de excepción, dijo el más alto tribunal constitucional del país.

El dictamen de la Corte recordó también que ya hizo una advertencia en agosto de 2020 sobre no admitir otro estado de excepción por la emergencia sanitaria de covid-19. En ese momento, resolvió que una nueva declaratoria sería contraria a la Constitución de la República. Al igual que ahora, la Corte reconoció la gravedad de la pandemia, pero afirmó que se debían buscar otros mecanismos para controlar la crisis, sin necesidad de recurrir a las limitaciones de derechos que implica un estado de excepción como, por ejemplo, la restricción de movilidad y el toque de queda.

Moreno declaró  el primer estado el 16 de marzo de 2020, pocos días después de que la Organización Mundial de la Salud declarara al nuevo coronavirus como una pandemia, es decir, que decretara que la enfermedad se expandía a nivel mundial.  El primer estado de excepción dictado en el país expiró el 15 de mayo. Sin embargo, se extendió, de acuerdo a los lineamientos de la Constitución, hasta el 15 de junio.

Ese día, el presidente Moreno estableció un nuevo estado de excepción mediante otro decreto. Este nuevo estado tenía que expirar el 14 de agosto. Sin embargo, debido a que la emergencia sanitaria continuaba, el presidente Moreno decidió extenderlo por treinta días más; es decir, hasta el 12 de septiembre de 2020. La Corte Constitucional determinó que ese sería el último día del estado de excepción por la pandemia en el Ecuador y prohibió una nueva declaratoria.

En el dictamen de la Corte sobre el actual estado de excepción, no solo se declara la inconstitucionalidad del mismo. También, recuerda al presidente Lenín Moreno que hay medidas para controlar el virus que pueden adoptarse sin necesidad de recurrir al estado de excepción.

Además, frente a los posibles riesgos de la nueva variante del covid-19, la Corte exhorta al gobierno para que refuerce mecanismos de protección “bajo el régimen ordinario”, es decir, sin estado de excepción.

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