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viernes, 26 abril, 2024

Presidente del COE Nacional se pronuncia sobre el pedido de estado de excepción para Quevedo

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QUEVEDO. El presidente del Comité de Operaciones de Emergencias (COE) Nacional, Juan Zapata, se pronunció respecto al pedido de estado de excepción para Quevedo que hiciera el alcalde. 

El petitorio lo realizó el alcalde John Salcedo el pasado 7 de octubre de 2021, en un discurso por los 78 años de cantonización, tras la ola de delitos y asesinatos que azotan la urbe quevedeña.

“La situación de inseguridad nos obliga a recurrir ante usted (Presidente Lasso), para transmitirle el clamor ciudadano porque se adopten medidas urgentes de control delincuencial que nos permita recobrar la tranquilidad y seguridad a la que tenemos derecho a disfrutar”, dijo Salcedo en su intervención. 

‘Es complejo’

Frente a esto, Zapata manifestó que “hay muchos alcaldes que pueden tener visiones en cuanto al tema de seguridad; sin embargo, quien tiene la última palabra es el Cosepe (Consejo de Seguridad Pública y del Estado) y el presidente de la República, Guillermo Lasso”. 

“Por las condiciones que requiere un estado de excepción lo veo muy complejo, porque hemos usado varios estados de excepción en el manejo de la pandemia y hemos tenido las sentencias de la Corte Constitucional, quienes analizan la constitucionalidad de los eventos… no solamente viene el pedido y la realización del decreto, sino la parte exterior que es el análisis de constitucionalidad de los decretos…”, explicó Zapata.

En Quevedo se contabilizan 49 muertes violentas en lo que va del año. Las últimas nueve ocurrieron de forma seguidas. Foto: Galo Barzola

La Corte Constitucional ha declarado, por varias ocasiones durante la pandemia, que el estado de excepción es inconstitucional porque se restringen los derechos. Los últimos admitidos fueron en agosto del presente año, en El Oro y Guayaquil, por la detección de casos de las variantes delta y delta plus.

Zapata agregó que toda petición “es respetable” como la que hizo la alcaldesa de Guayaquil, Cinthya Viteri, sobre el porte de armas; no obstante, “la limitación de derechos pasa por una Corte Constitucional y es la que debe decir que no es viable o no es constitucional …”, finalizó. 

¿Qué conlleva un estado de excepción?

Un estado de excepción conlleva a la limitación de derechos principalmente de reunión y asociación, también de tránsito y movilidad, es decir que se deben establecer toques de queda, hasta qué momento la ciudadanía puede circular y quienes generan salvoconductos, manifestó.  (I)

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