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viernes, 29 marzo, 2024

¿Qué incluye la Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal?

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Proyecto de Ley para el Desarrollo Económico tiene una nueva tabla para calcular el pago con un rango adicional y una tarifa al excedente que sube hasta al 37 %.

¿Cómo se establecerá el monto para la rebaja?

  • “Si su renta bruta anual (incluye ingresos exentos) no excede de 2,13 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta, el monto máximo de la rebaja por gastos personales será el que resulte de aplicar la siguiente fórmula: R = L x 20 %“.
  • “Si su renta bruta anual (incluye ingresos exentos) excede de 2,13 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta durante el ejercicio fiscal: R = L x 10 %“.

En esta fórmula R es la rebaja por gastos personales. L es el valor que resulte menor entre los gastos personales declarados del periodo fiscal anual y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por siete. La fracción básica desgravada planteada para el 2022 es de $ 11.310.

La canasta básica es un indicador que reporta mensualmente el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) y se tomará en cuenta el de diciembre del ejercicio fiscal que se liquida. A septiembre pasado esa canasta se ubica en $ 712,85, ese valor por siete bordea los $ 5.000.

Es decir que la rebaja sería de hasta $ 1.000 para quienes tengan ingresos brutos menores de $ 24.090 al año ( $ 2.007 al mes) y de hasta $ 500 para los que ganan más de eso.

Lo que cambia es la tabla para calcular el pago del impuesto. A la propuesta original ahora se le agrega un rango adicional y así suman diez niveles y el más alto, para quienes reciben más de $ 100.000 anuales, tendrá una tarifa aumentada al 37 % sobre el excendente. Actualmente las tarifas van del 5 % al 35 %.

Hasta ahora este impuesto se había calculado descontando del ingreso bruto hasta $ 14.576 de los gastos deducibles. Esto cambiará cuando se apruebe esta ley urgente, pues la renta gravable se calcula desde los ingresos brutos, en base a la tabla que tiene un impuesto por fracción básica y un porcentaje por el excedente. A ese nuevo valor de impuesto se le aplicará la rebaja como crédito tributario.

Los gastos personales corresponden a los realizados en el país por arriendo o pago de intereses para adquisición de vivienda, alimentación, el pago de pensiones alimenticias, vestimenta, turismo nacional, salud y educación, incluyendo arte y cultura. Para cuantificar esos gastos se puede considerar los realizados por los padres, cónyuge o pareja en unión de hecho e hijos dependientes si no perciben ingresos gravados.

Los aportes adicionales que harán las personas que ganan más de $ 2.000 irían desde $ 15,76 más los $ 13 que pagaban antes suman $ 28,76., según la calculadora virtual que habilitó la Secretaría de Comunicación en el sitio web https://www.comunicacion.gob.ec/calculadora/ y donde el ciudadano puede colocar en la casilla su salario para tener una idea estimada del valor mensual de impuesto a la renta que pagaría.

El presidente Guillermo Lasso asegura que la mayor parte de la Población Económicamente Activa (PEA) no pagará más impuestos, y que se cumple con el principio de progresividad al afectar con un incremento en la tarifa de impuesto a la renta solo al 3,4 % de ese grupo.

Y en un gráfico presentado junto al proyecto de ley se muestra cómo quienes más ganan pagarían alrededor de $ 100 al mes en el caso de ingresos sobre los $ 3.200, o $ 200 los que ganan más de $ 5.000, unos $ 400 los de más de $ 6.200 y así va aumentando el aporte con forme sube el rango de ingresos.

De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, en la propuesta original se esperaban recaudar $ 434 millones, pero con el cambio, que establece un mayor pago para quienes más ganan, se podría incrementar a $ 460 millones o $ 465 millones más. Esta cartera de Estado indicó que se acogió la sugerencia de que la mayor carga se la aplique a quienes ganan más de $ 5.000. (El Universo)

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