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sábado, 4 mayo, 2024

VOLUNTARIO  DE  AUTORIZACION JUDICIAL o LICENCIA No. 12203-2023-01234

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UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUEVEDO

A: HEREDEROS DESCONOCIDOS  DE QUIEN EN VIDA SE LLAMO: OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA.

SE LE HACE SABER: Que Sorteo correspondió a esta Unidad Judicial tramitar el juicio VOLUNTARIO  DE  AUTORIZACION JUDICIAL o LICENCIA No. 12203-2023-01234 presentada por la señora DIANA JACQUELINE VALENS PINARGOTE, en contra de los  HEREDEROS DESCONOCIDOS de quien en vida se llamó  OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA.

Cuyo extracto es como sigue:

ACTORADIANA JACQUELINE VALENS PINARGOTE

OBJETO DE LA DEMANDA: Es el caso señora jueza que del matrimonio conformado por DIANA JACQUELINE VALENS PINARGOTE y OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA, quien falleció el 4 de febrero del 2023, procreamos tres hijos menores de edad,  los mismos que se encuentra bajo mi patria potestad, a la muerte de mi cónyuge en calidad de madre y representante de mis hijos y en calidad de cónyuge sobreviviente con derecho a gananciales, se ha puesto en su conocimiento la posesión efectiva realizada ante el Notario Quinto del Cantón Quevedo de fecha 16, de febrero del 2023 de la cual mis hijos menores de edad son propietarios de 50% de derechos y acciones de los bines dejados por mi cónyuge y que procede a detallar de mane sucinta: un solar signado con el Nro. 9 de la Manzana J ubicada en los terrenos lotización San José, sector 12 de Junio, perteneciente al Cantón Quevedo, Provincia de Los Ríos; vehículo de palcas RBA-3046, marca KIA, modelo RIOS STYLUS LS, color PLATEADO, año 2011; Motocicleta de placas HN229X,  marca HONDA, color NEGRO, año 2012. Con lo expuesto señora Jueza solicito se sirva conferirme la autorización judicial para que en mi calidad de representante de mis hijos menores de edad pueda realizar la venta de 50% de los derechos y acciones que les corresponde como herederos universales de los bienes anteriormente descriptos.

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Acorde a lo que establece con el Art. 297 y 298 del Código Civil.

TRAMITE: VOLUNTARIO

CUANTÍA: Por su naturaleza es indeterminada.

JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Yury Vanessa Vinueza Grada Jueza de esta Unidad Judicial de la Familia Mujer, Niñez y Adolescencia de Quevedo, mediante Auto  Interlocutorio de Calificación de fecha viernes 17 de noviembre del 2023, las 09h44, se ordenó citar por la prensa a los Herederos desconocidos de quien en vida se llamó OSWALDO RAMIRO YANANGOMEZ RIERA, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 numeral 1, en concordancia con el Art.  58 del Código Orgánico General de Procesos, toda vez que la actora afirma bajo juramento de que le es imposible determinar la residencia o domicilio actual de dichos herederos desconocidos.-

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casilla judicial y correo electrónico en esta ciudad para que reciba sus notificaciones físicas y electrónicas y que deberán comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación de este aviso, caso contrario podrán ser declarados rebeldes.- Certifico.-

Particular que comunico para los fines de Ley.

Quevedo, 12 de diciembre del 2023

Ab. Galo Luis Mendoza Segovia

SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL DE

FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUEVEDO

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