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miércoles, 15 mayo, 2024

EXTRACTO DE PUBLICACIÓN DE REMATE No. 12334-2016-00987

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EXTRACTO DE PUBLICACIÓN DE REMATE POR LA PRENSA
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO

SE HACE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL LO SIGUIENTE:-
CAUSA No. 12334-2016-00987
MATERIA CIVIL TIPO EJECUTIVO
ACCION CIBRO DE PAGARE A LA ORDEN.
ACTOR. VALLE GAIBOR MIGUEL ANGEL, REPRESENTANTE LEGAL Y JUDICIAL DE LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SAN ANTONIO LTDA. LOS RIOS
DEMANDADOS.- GUERRERO URRITIA MILTON JOSE, MURILLO GUERRERO PEDRO CESAR, RIVADENEIRA TRUJILLO DIGNA NOEMI.
La señora Jueza Johana Alexia Fierro Vega, en auto resolutivo del 31 de agosto del 2022, las 16h35, ha dispuesto lo siguiente:_
VISTOS: En lo principal, dentro de la Audiencia de Ejecución que se señaló para el día 29 DE JUNIO DEL 2022, LAS 11H51, se dicta el presente AUTO DE RESOLUCIÓN DE AUDIENCIA DE EJECUCIÓN, de conformidad a lo que a continuación se detalla: PRIMERO.-La Audiencia de Ejecución se realizó con la presencia de Abogada Johana Alexia Fierro Vega, Jueza Titular de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Babahoyo de la Corte Provincial de Justicia de Los Ríos quien la dirige; de forma telemática AB JOSE LUIS ESTRADA FERNANDEZ Procurador judicial de Miguel Angel Valle Gaibor Representante Legal y judicial de la Cooperativa de Ahorro Y Crédito “San Antonio” Ltda, que se encuentra anexada al proceso AB ANGEL RAMON HERNANDEZ pero sin poder de procuración para intervenir en la audiencia, el ING. JAVIER ARCE BURGOS y el señor Abogado Guido Vicente Tapia Mejía, Secretario de la Unidad Judicial; SEGUNDO.-Las partes han indicado que no se han omitido solemnidades sustanciales en la presente audiencia, por lo tanto se debe escuchar al perito, y que el estado procesal que corresponde es el de señalar fecha del remate, por lo que se dio paso al desarrollo de la AUDIENCIA DE EJECUCION sin que al acto procesal, haya comparecido el demandado ni terceros con interés en el proceso TERCERO.-Desarrollo de la Audiencia de acuerdo al artículo 392 del COGEP.- Una vez llevada a cabo la Audiencia de Ejecución de acuerdo a lo previsto en el artículo 392 del Código Orgánico General de Procesos se realizan las siguientes consideraciones: En atención a lo solicitado por el accionante, tomando en cuenta que el Estado ecuatoriano es Constitucional de Derechos y Justicia; así como, que según lo previsto en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, el sistema procesal es un medio para la realización de la justicia, bajo los principios de igualdad de acceso al sistema, celeridad, transparencia, eficacia y publicidad, se dispone: Una vez verificado que no se tratan de bienes previstos en los Arts. 396 y 397 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 4 del Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en línea de la Función Judicial, corresponde proceder conforme al ordenamiento positivo actualmente vigente y aplicable al caso en concreto. CUARTO.- Por todo lo expuesto, se RESUELVE.- De conformidad con lo previsto en los Arts. 398 y 399 del Código Orgánico General de Procesos, SE DISPONE EL AVISO DE REMATE del siguiente bien inmueble propiedad del demandado MILTON JOSE GUERRERO URRUTIA esto es un sub-lote de la superficie de CUATRO PUNTO VEINTIOCHO HECTAREAS o su equivalente de SEIS PUNTO CERO SIETE CUADRAS, que forma parte del predio denominado “Tres Marías”, ubicado en la jurisdicción de la Parroquia y Cantón Montalvo, circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones: NORTE: Amada Robalino, con ciento dieciocho metros SUR : Santos Vásquez, con ciento veintiún metros ESTE : Darwin Guerrero, con trescientos sesenta y un metros OESTE : Frida Guerrero, con trescientos cuarenta y ocho metros El VALOR COMERCIAL TOTAL del bien tasado es de $ 34.959,04 (TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 04/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA) y demás características del bien a rematarse constante en los certificados de gravámenes presentados y en el avalúo e informe pericial que obran del proceso, así como en la plataforma electrónica del Consejo de la Judicatura. monto que cubre en exceso la OBLIGACION PENDIENTE DE PAGO que llega a la suma de usd$10.746,12; 2.- Conforme lo previsto en el Art. 399 del Código Orgánico General de Procesos y Art. 8.2 del Reglamento del Sistema de Remates Judiciales en línea de la Función Judicial, el aviso del remate publíquese en la plataforma única de la página web del Consejo de la Judicatura, con el término de al menos veinte días de anticipación a la fecha del remate, particular que conforme lo señala el Ing. Xavier Arce, Perito designado dentro de la presente causa, se encuentra cumplido. Por tal virtud, contabilizado el término previsto en la citada norma legal si bien se señaló para el día 14 de octubre del 2022, pero en vista de que se emite esta resolución por escrito en esta fecha, a fin de contar con los tiempos necesarios, se señala para el día MIERCOLES 30 DE NOVIEMBRE DEL 2022, DESDE LAS CERO HORAS HASTA LAS VEINTE Y CUATRO HORAS DE ESE DÍA, fecha en que se realizará el remate electrónico, se ordena la publicación en la página web del Consejo de la Judicatura de un extracto que contendrá el detalle e imágenes de los bienes a ser rematados y su valor; con el término de al menos veinte días de anticipación a la fecha del remate judicial. Las ofertas se presentarán en el portal de remates judiciales en línea de la página web del Consejo de la Judicatura www.funcionjudicialo.gob.ec, mismas que no podrán ser inferiores al 100% del avalúo pericial de los bienes a rematarse. 3.- Las personas interesadas al momento de registrar su postura consignarán mediante depósito bancario o transferencia bancaria electrónica el diez por ciento (10%) del valor de la postura, cuando la forma sea de contado; y, el quince por ciento ( 15%) del valor de la postura, cuando la forma de pago sea a plazos, a órdenes de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Babahoyo, en la cuenta que mantiene esta Unidad Judicial, donde además se deberá tomar en cuenta la tasa de servicios administrativos determinada en el Art. 11 del citado Reglamento, que corresponde depositar una sola vez por cada postura esto es “Cuenta única que esta Unidad mantiene en el BANECUADOR B.P; a través de Depósito Directo o Transferencia Bancaria a la cuenta #0010257097 Denominación: CONTROL DE DEPOSITOS JUDICIALES; Tipo: 2; RUC: 1768183520001; en el campo concepto del archivo (SIGEF – SPI) Incluir el número de juicio y nombre de: Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Babahoyo; perteneciente al BANECUADOR, según la resolución 013.-2015 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura; rubro al que se le adicionara $0.35 por concepto de gastos operativos”. QUINTO.-DILIGENCIAS: PUBLIQUESE el aviso del remate, en la plataforma de la página del Consejo de la Judicatura, así como también se ordena la publicación por la prensa 20 días antes de la fecha del remate por un medio de comunicación escrito de amplia circulación local, para lo cual se dispone que el Actuario del despacho elabore el extracto de Ley. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
Particular que comunico para los fines de ley.-
LO CERTIFICO
Lo que comunico para los fines de ley

Ab. Guido Tapia Mejia
secretario

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