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viernes, 3 mayo, 2024

EXTRACTO DE CITACIÓN JUICIO No. 12334-2017-00331

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EXTRACTO DE CITACIÓN POR PRENSA ESCRITA

 

A: LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUE GARCÍA VEAS FLORENCIO O DE QUIENS NO SE PUEDA DETERMINAR SU RESIDENCIA.

 

ACTOR: GARCÍA VEAS FLORENCIO.

 

JUICIO: SUMARIO No. 12334-2017-00331.

 

ACCIÓN: JUBILACIÓN.

 

JUEZ DE LA CAUSA: AB. CRISTOBAL TEODORO VELIZ NAVARRETE

 

AUTO DE DISPOSICIÓN DE CITACIÓN:

 

Vistos: Puesta que ha sido la presente causa a mi desecho para su proveimiento, reasumo la competencia y conocimiento de la presente causa. En lo principal, de fs. 108 a 140 vta,. Comparecen SUAREZ LAZ MELVA GALUZ, y GARCIA SUAREZ GENESIS ALEXANDRA, en sus calidades de cónyuge sobreviviente y heredera, en su orden del accionante señor GARCIA VEAS FLORENCIO,  de quien acreditan su derecho, en las calidades invocadas, con la documentación aneja. Señalan las comparecientes mencionadas, la imposibilidad de poder determinar la existencia o residencia de otros herederos del actor fallecido, por lo que solicitan además se fije dia y hora a fin de comparecer a rendir su declaración bajo juramento. Atendiendo lo solicitado por las peticionarias, en auto de sustanciación se dispuso que comparezcan a rendir su juramento conforme a lo indicado, para lo cual se fijó el dia lunes 11 de junio del 2022, a las 10h00, como en efecto así lo hacen como rola a fs. 146, del acta de declaración bajo juramento, en la cual declaran que no han podido determinar la existencia de otros herederos del causante. En atención a lo cual, y de conformidad a lo prescrito en Código Orgánico General de Procesos, en su artículo 56, concordante con el articulo 68.1 ibídem, que dispone: “Art. 68.1.- Notificación de herederos.- Si alguno de los litigantes fallece, se notificara´ a sus herederos para que comparezcan al proceso. A los herederos conocidos se les notificara en persona o por una sola boleta. A los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 de este Código. La notificación se hará´ mediante providencia en la que se dispondrá´ contar con los herederos en el proceso. La publicación por la prensa contendrá´ únicamente un extracto de aquella”; como de la declaración bajo juramento, no se advierte que las declarantes hayan señalado el domicilio y nombre de otros herederos conocidos, en cumplimiento a la norma antes citada, se ordena que se NOTIFQUE a los herederos presuntos y desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, con un extracto del presente auto, a fin que comparezcan a juicio y hagan valer sus derechos, en el término que prevee el artículo 56 del citado cuerpo legal.- CUMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-

 

Particular que comunico a ustedes para los fines legales pertinentes.-

Lo que comunico para los fines de ley

ESPIN DIAZ GEORGINA ANABELL
SECRETARIA

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